Ayuda por infraccion de transito
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- Flia CENIZO TORRES
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Ayuda por infraccion de transito
Hola amigos no recuerdo bien pero en algun post hablaron de las multas que te llegan a tu domicilio y nunca estuviste por ese lugar a un amigo mio le llego el otro dia una de salsipuedes en cordoba alguien me puede ayudar
Muchas Gracias Franco.-
Muchas Gracias Franco.-
LilyFranco, Tomás y Joaquín
La Naturaleza es sabia, y el hombre, por mucho que lo intente, no podrá nunca superarla
Todo lo que el ser humano añade a la naturaleza, está de más, incluido el mismo
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- miclas733
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En el 2008 me llegó dos veces esa famosa multa a mi nombre, no di ninguna señal de tomado conocimiento. Cuando hice la Baja registral por robo del 505 no apareció ninguna multa, y eso que el Form. 13 incluia Cordoba, asi que nada.
Ahora cuando transferí la Trafic, tampoco aparecio nada en el sistema, hasta que no aparezca en el sistema no la pago, no se es mi experiencia.
Saludos Daniel
Ahora cuando transferí la Trafic, tampoco aparecio nada en el sistema, hasta que no aparezca en el sistema no la pago, no se es mi experiencia.
Saludos Daniel
- LAURAYHUGO
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- edgardo gonzalez
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A mi suegro le acaba de llegar 3 infracciones por circular sin luces en Avenida Cura Brochero de la misma localidad Salsipuedes Cordoba. Lo curioso es luego de pagar otra fotografica por ese motivo despues de un año le llegan estas 3 mas, donde no tiene foto ni nombre de inspector que las labró. Estaba parando sobre esa Avenida por lo talto cada vez que salia a buscar víveres o cualquier cosa lo "infraccionabanan" lejos de hacer cumplir la ley para lo cual fue creada dicha disposicion, prevenir accidentes, priorizaron la necesidad de facturar para el municipio. Ya hablé telefonicamente e hice el descargo por escrito como me sugerieron en el juzgado de faltas de Salsipuedes sin optener respuesta alguna.
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El jueves 4/12/2008 me llegó una infracción de La Cruz, Corrientes con foto y todo, envié un correo a turismo de esa localidad y llamé por teléfono al intendente el cual me solucionó el problema. Mi descargo fue que no se me había entregado copia del acta labrada ni en el momento de producirse el hecho ni dentro del plazo de 48 hs., en infracción al art. 145 del decreto nº 2719/94 reglamentario del código de tránsito. Como el acta tiene fecha 4/8/2008 y me fue notificada el 4/12 siendo de aplicación supletoria el C.P.P, art. 142 Ley 11.430 solicité la caducidad de la misma, librándome de toda pena de conformidad con el art. 430 del Código Penal Procesal. Espero que te sirva. KENNY.
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- Mensajes: 142
- Registrado: Vie Nov 16, 2007 1:40 am
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Me quedó por comentar que en Entre Ríos me paró la policía en la ruta y me pidieron la documentación del auto y de la Estelita, como tengo débito automático en el seguro de ambos al mostrar los papeles me dijeron que no constaba el pago. Aclaro que la ley de tránsito nº 24449 en su art. 40 señala que se lleve el comprobante de seguro en vigencia de acuerdo al art. 68. En ningún momento obliga a contar con el comprobante de pago del seguro. Solo es necesario llevar el comprobante del seguro. El decreto reglamentario 779/95 no sanciona con ningún tipo de multa no tener esos comprobantes de pago pues la ley no lo exige. KENNY.
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- Registrado: Lun Abr 14, 2008 11:50 pm
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- Modelo: . ZANELLO-IMECA 3 ejes motor Mercedes 1620
OJO que en la prov de Bs As no zafarias sin el comprobante de pago en la ley 11430 del codigo de transito ,decreto 2719/94 dice:
ARTICULO 92º - El titular del vehículo, hasta tanto no tenga la tarjeta identificatoria que le suministra la compañía aseguradora, tiene la obligación de circular con un certificado de cobertura en el que constará la contratación del seguro, y el recibo oficial de pago extendido por la compañía, acreditando la cobertura. El certificado de cobertura tendrá una validez de quince (15) días contados a partir de su emisión.
En la tarjeta identificatoria deben constar los siguientes datos:
a) Nombre de la compañía aseguradora y domicilio de la misma.
b) Número de Póliza y vigencia de la misma.
c) Nombre, apellido y dirección del titular de la póliza.
d) Número de motor, chapa-patente y modelo del vehículo.
e) Fecha de pago de las cuotas.
En todos los casos el titular del vehículo deberá circular con el recibo oficial extendido por la compañía aseguradora del mes correspondiente, a los fines de constatar la vigencia de la cobertura.
El importe mínimo del seguro de responsabilidad civil hacia terceros transportados y no transportados será el que fije en plaza la Superintendencia de Seguros de la Nación.
ARTICULO 92º - El titular del vehículo, hasta tanto no tenga la tarjeta identificatoria que le suministra la compañía aseguradora, tiene la obligación de circular con un certificado de cobertura en el que constará la contratación del seguro, y el recibo oficial de pago extendido por la compañía, acreditando la cobertura. El certificado de cobertura tendrá una validez de quince (15) días contados a partir de su emisión.
En la tarjeta identificatoria deben constar los siguientes datos:
a) Nombre de la compañía aseguradora y domicilio de la misma.
b) Número de Póliza y vigencia de la misma.
c) Nombre, apellido y dirección del titular de la póliza.
d) Número de motor, chapa-patente y modelo del vehículo.
e) Fecha de pago de las cuotas.
En todos los casos el titular del vehículo deberá circular con el recibo oficial extendido por la compañía aseguradora del mes correspondiente, a los fines de constatar la vigencia de la cobertura.
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- Gustavo 10
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Muy bien Dr. perfecta su argumentación, estas "infracciones" siempre nos dejan un resquicio y un punto de apoyo para insertar la barreta y hacerlas saltar.-KENNY escribió:El jueves 4/12/2008 me llegó una infracción de La Cruz, Corrientes con foto y todo, envié un correo a turismo de esa localidad y llamé por teléfono al intendente el cual me solucionó el problema. Mi descargo fue que no se me había entregado copia del acta labrada ni en el momento de producirse el hecho ni dentro del plazo de 48 hs., en infracción al art. 145 del decreto nº 2719/94 reglamentario del código de tránsito. Como el acta tiene fecha 4/8/2008 y me fue notificada el 4/12 siendo de aplicación supletoria el C.P.P, art. 142 Ley 11.430 solicité la caducidad de la misma, librándome de toda pena de conformidad con el art. 430 del Código Penal Procesal. Espero que te sirva. KENNY.
Con respecto a la Ley de Tránsito de la Provincia de Bs. As., la misma fue derogada por una norma de menor jerarquía, el Decreto de "necidad" y urgencia del ex gobernador Solá N° 40/07 (que es casi igual a la ley), del cual he planteado ya en cuatro oportunidades su inconstitucionalidad, sin que se haya resuelto, con lo que ya 2 han prescripto y a las otras les falta poco (hay una argumentación de la propia legislatura provincial, que me vino de maravillas, con algún retoque - para disimular la copia -), la primera fue por alcoholemia positiva, otra por un estacionamiento, otra por un semáforo y otra por no tener la transferencia.-
Con respecto al tema de Salsi..., si podés probar que nunca estuviste o pasaste por allí, o mejor dicho que estabas en otro lado, conviene hacer el descargo por escrito, argumentando que puede tratarse de un "mellizo" (y de paso intimándolos q que hagan la denuncia por la existencia de ese mellizo).-
, Gustavo.-
"Todos los que parecen estúpidos, lo son y, además también lo son la mitad de los que no lo parecen."
Francisco de Quevedo.
"Donde hay poca justicia es un peligro tener razón."
Quevedo
"Muchos son buenos si se da crédito a los testigos; pocos si se toma declaración a su conciencia."
Quevedo
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Lo que podés hacer es antes de salir que la aseguradora te envíe por fax o mail una copia de la cobertura con costancia de pago con vigencia mensual. Con la Caja una vez la solicité a la sucursal Paraná y me la mandaron por fax a un locutorio y no tuve problemas. KENNY. P.D. Gracias por el Dr. pero me queda grande pues no soy abogado sino Licenciado en Química que ahora ejerce como docente a punto de jubilarse.
- Flia CENIZO TORRES
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muchas gracias muchachos todo se tendra en cuenta
hugito no tengo tu celu pero bueno cuando te acuerdes tirale las orejas al intendente jajajajajaj
desde LA PAMPA Saludos .- Franco
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LilyFranco, Tomás y Joaquín
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