Aparecio la moto!!!

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Re: Aparecio la moto!!!

Mensaje por Fabian R » Sab May 04, 2013 5:22 pm

sugus escribió::eek: Sebas debe estar contento!!! :wink:

La que no esta contenta es Vero :D
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Re: Aparecio la moto!!!

Mensaje por Radragaz » Sab May 04, 2013 6:37 pm

Silvia Gonzalez escribió:SI UNO NO LE DA DE BAJA Y COMETEN UN ACCIDENTE CON UN VEHICULO ROBADO , quien es el responsable?..Si la moto que te devuelven cometio infracciones duranrte ese periodo quedan nulas?..Hasta donde llega la respònsabilidad del dueño en las cosas robadas?. :eek:
Sino está no denunciado, el primer responsable es el titular dominial de la cosa.....pero aún estando denunciado se presume una responsabilidad civil solidaria con el causante del daño. :leer:
Muchas veces sucede que quien conduce es el comprador que NO transfirió...y si este es insolvente el damnificado puede accionar contra quien sea el titular en los papeles.. :bostezo:
A su vez este deberá probar que se desligó de la cosa ante el juez... #-o
De acuerdo a esa decisión responderá ( o no) con su patrimonio por más que haya vendido el bien hace 10 años atrás... :eek:
Si se tramitó la BAJA (por el motivo que fuere...) esa responsabilidad desaparece... :cascarrabia:
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Re: Aparecio la moto!!!

Mensaje por fabianivone » Sab May 04, 2013 7:37 pm

Sí, y agrego algo: muchos dicen al vender el vehículo que si el comprador no hace la transferencia, le hacen la denuncia de venta y listo. En verdad cuando uno vende, el rodaddo debe salir transferido. Si hubiera un problema de cualquier índole, la justicia accionará en primer instancia contra el titular. Este se defenderá presentando la denuncia, pero no es tan sencillo. Esta defensa la tiene que llevar adelante un abogado ya que excísten variables muy complicadas a manejar por un civil mas si en el medio hay un muerto donde estuvo involucrado el vehículo. Al final el titular termina zafando pero los gastos pueden trepar a mas de $20000 según la situación. Por este motivo la mayoría cuando venden ponen como obligación de compra la transferencia inmediata, veánlo por ejemplo en ML.
Perdón Fabián por desvirtuar el post, me envalé :-? [-o<

:sombrero: Fabián de Wilde.
Las pròximas salidas se organizan en el viaje de vuelta de la que termina.

Juan 3:16


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Re: Aparecio la moto!!!

Mensaje por lui » Sab May 04, 2013 10:22 pm

Silvia Gonzalez escribió:SI UNO NO LE DA DE BAJA Y COMETEN UN ACCIDENTE CON UN VEHICULO ROBADO , quien es el responsable?..Si la moto que te devuelven cometio infracciones duranrte ese periodo quedan nulas?..Hasta donde llega la respònsabilidad del dueño en las cosas robadas?. :eek:
Hola Silvia. Si el vehículo ha sido robado y has denunciado el robo, lo que generó una instrucción fiscal, estás completamente liberada de cualquier daño que se pudiere haber producido con el mismo. No tienes absolutamente ninguna responsabilidad.

Distinto es el caso si la has vendido y no has transferido el dominio. Se presume tu responsabilidad a menos que acredites fehacientemente que no estabas en disposición del bien. Por ello el RNPA ha inventado la fórmula " denuncia de venta" que te permite acreditar mediante el instrumento público ( el registro que queda al dejar constancia en un organismo público que lo has vendido) que ya no te pertenece ni que disponías del vehículo para su circulación. :sombrero: Lui

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Re: Aparecio la moto!!!

Mensaje por claudio2009 » Sab May 04, 2013 10:45 pm

Me alegro Fabian por la Justicia,aunque un poquito lenta :roll: es justicia al fin

:eek: Por ahi comentan que puede tener gastos de deposito.... entonces porque no le avisaron antes!!

Re: Aparecio la moto!!!

Nuevo postpor lui » Sab May 04, 2013 10:22 pm

Silvia Gonzalez escribió:SI UNO NO LE DA DE BAJA Y COMETEN UN ACCIDENTE CON UN VEHICULO ROBADO , quien es el responsable?..Si la moto que te devuelven cometio infracciones duranrte ese periodo quedan nulas?..Hasta donde llega la respònsabilidad del dueño en las cosas robadas?. :eek:


Hola Silvia. Si el vehículo ha sido robado y has denunciado el robo, lo que generó una instrucción fiscal, estás completamente liberada de cualquier daño que se pudiere haber producido con el mismo. No tienes absolutamente ninguna responsabilidad.

Distinto es el caso si la has vendido y no has transferido el dominio. Se presume tu responsabilidad a menos que acredites fehacientemente que no estabas en disposición del bien. Por ello el RNPA ha inventado la fórmula " denuncia de venta" que te permite acreditar mediante el instrumento público ( el registro que queda al dejar constancia en un organismo público que lo has vendido) que ya no te pertenece ni que disponías del vehículo para su circulación. :sombrero: Lui
Luis,yo le iba aresponder mas o menos lo mismo a Silvia gracias avos que me lo explicastes en ese post que abri del seguro,te acordas? :-(

:? Ahora me surge otra duda: se que es obligatoria la denuncia de venta,pero el solo hecho de entregar el 08 firmado a nombre del comprador no es prueba fehaciente para comprobar la desvinculacion del titular? debido que queda asentado en la escribania y ademas tener el boleto compra-venta,aunque este ultimo no se porque dicen que carece de valor :?:
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Re: Aparecio la moto!!!

Mensaje por lui » Sab May 04, 2013 11:30 pm

Si me acuerdo. La gente en general tiene una gran confusión con relación al tema de la responsabilidad que nace de ser titular del vehículo. Voy a tratar de explicarlo aunque lamentablemente - lo digo una vez más- no soy docente ni estoy capacitado para enseñar.

Veamos: La ley dice que todo el que ejecuta un hecho, que por su culpa o negligencia ocasiona un daño a otro, está obligado a la reparación del perjuicio. Pero también es responsable por los daños que provocaren las cosas de que se sirve, o que tiene a su cuidado. En este último caso y como ejemplo, tu motorhome que está a tu nombre pero que la conduce tu hijo: tu hijo será responsable del accidente pero también lo eres vos porque de la cosa te sirves o está a tu cuidado. ¿Y como sabe la ley que te sirves de este vehículo o está a tu cuidado ? : Porque figuras como titular de dominio ante el RNPA.

Ahora bién: ¿En todos los casos eres responsable ? : Nó.

La misma ley dice que para que te eximas de responsabilidad, entre otras cosas ( solo analizaré el supuesto que estamos tratando), podrás eximirte de responsabilidad ..."Si la cosa hubiese sido usada contra la voluntad expresa o presunta del dueño o guardián...".

Entonces, si tu vehículo fue robado, si la has vendido y acreditas la fecha fehaciente y cierta de la operación, o de alguna otra forma puedes demostrar que dicho vehículo no estaba bajo tu guarda podrás eximirte de responsabilidad.

Claro que conforme sean los hechos, te será mas o menos difícil acreditar que el bien no estaba bajo tu guarda. Y con ello tu excusa de eximirte de responsabilidad.

Las formas mas sencillas son si te lo robaron y hay un expediente judicial que lo acredita. Otra forma es formalizar la denuncia de venta ante el RNPA. También te serviría la existencia de los formularios 08 firmados ante un Escribano, lo que daría fecha cierta al formulario de venta pero no implica necesariamente que hayas transferido la posesión del bien, prueba que queda a tu cargo demostrar. A partir de estas circunstancias fácticas, cada vez te será mas gravoso acreditar que el bien no estaba bajo tu guarda.

¿Porqué ? porque la guarda no es una cuestión de hecho sino de derecho. Puede que tu hijo utilizó tu automóvil sin tu autorización, te lo sacó del garage sin tu autorización. Es más, le habías prohibido utilizar el vehículo. Pero lo sacó, lo usó y generó un accidente, del cual serás responsable. ¿Porqué? Porque está bajo tu guarda y sos responsable por omisión de control, y la ley presume que está bajo tu guarda porque eres el titular de dominio ante el RNPA.

A menos que como te dije, puedas eximirte acreditando que legalmente - no de hecho - no estaba bajo tu guarda.

Espero haber sacado tus dudas. :sombrero: Lui

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Re: Aparecio la moto!!!

Mensaje por claudio2009 » Dom May 05, 2013 10:21 am

Luis no seras docente pero si maestro :evil:
Se entendio perfecto,gracias una vez mas por evacuar mis dudas!!

:eek: Digo yo,de la misma forma que un padre es responsable de su hijo en caso de accidente,¿porque no es igual de responsable en caso de un ilicito de su hijo? bueno, pero es otro tema y no viene al caso discutirlo si va agenerar polemica
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Re: Aparecio la moto!!!

Mensaje por Radragaz » Dom May 05, 2013 4:20 pm

OTRO APORTE RESPECTO DE LOS ALCANCES DE LA "DENUNCIA DE VENTA"....:


Tema caliente si los hay, aunque no suela aparecer en los medios.
¿Sirve para algo la denuncia de venta para dejar en claro que uno no es más responsable de un automotor? La discusión tiene opiniones divididas.

“Legalmente, supuestamente, cuando vendés un vehículo que está a tu nombre, tu resguardo es hacer la denuncia de venta, si lo hacés -entre comillas- estás cubierto, porque comunicás al Registro que ya no sos el titular del vehículo, lo que sucede es que en algunos juzgados no lo toman como valedero. O sea, hay un 50% que te dice que te lo acepta y otro porcentaje similar que por interpretación, por acción, por omisión o por lo como le quieras llamar, no tiene en cuenta esa denuncia de venta.
Es decir, que hacer la denuncia no te libera totalmente de la responsabilidad; no obstante, obligatoriamente hay que hacer la denuncia ante el registro de que ya no sos el propietario del vehículo, lo demás será una cuestión de interpretación que se puede dar en un caso judicial”, puntualizó el abogado especialista en Seguridad Vial, Luis Di Falco, a la vez que agregó “ocurre que la legislación vigente busca conferir protección legal a la víctima de un accidente frente a la desidia o negligencia del comprador que omite registrar la transferencia”, detalló.
Según su explicación, la ley vigente estipula que el titular registral de un automotor es siempre responsable de los daños causados con el vehículo registrado a su nombre, “salvo que acredite que antes del hecho del accidente formalizó la denuncia de venta en el correspondiente Registro Automotor, momento a partir del cual se disolvería su Responsabilidad Civil. Sin embargo, tras algunos fallos de la Justicia, titulares registrales tuvieron que hacerse cargo de indemnizaciones porque el auto, que había vendido hace años seguía a su nombre y causó daños a terceros”.
“Entonces, a partir de esos fallos, el vendedor que hace la denuncia de venta sólo tiene 50% de probabilidades de que la Justicia no lo haga responsable de los daños causados”, afirmó. “Pero ojo, no hay que confundir a la gente, quien vende un bien debe informar que dejó de ser titular porque ese es su resguardo, con el que podrá defenderse en los estrados”, reiteró.
Quieren pero a veces no pueden
En los hechos, un amplio porcentaje de compradores llega apenas con el dinero para pagar el bien que compró y, aunque tiene toda la intensión de transferir el vehículo a su nombre, muchas veces no lo hace porque no le cierran los números para pagar los aranceles en el registro, además de las “vueltas” y largas filas de espera que hay que hacer para tramitar -en las instituciones públicas- toda la documentación (Rentas, Policía, Municipalidad, además del mismo Registro donde está anotado el vehículo) y el paso previo por escribanía. Mucha gente no dispone de tiempo (ni paciencia) y a veces de dinero para hacerlo y entra en la ilegalidad de circular sin papeles al día. La ley lo prohíbe, pero por la falta de recursos y de planificación del Estado para controlar, los vehículos andan por la calle sin que se arbitren los medios para impedirlo.
“Cuando hacés el formulario 011, el registro toma conocimiento del nombre y la dirección de la persona que compró el auto le intima por un plazo, bajo apercibimiento, de pedir que cese la circulación del vehículo. Lamentablemente lo que sucede es que como no se controla, por más que esté todo hecho, no se cumple con el cese de circulación, salvo que el infractor caiga en manos de Gendarmería, la falta de planificación de control y de estrategias para reducir los accidentes muchos siguen transitando como si nada”, lamentó.
“En nuestra ciudad el único control que hay es para que paguen la patente, no hay planificación, pero bueno ese es otro tema”, deslizó. Además Di Falco añadió que: “El fundamento de la responsabilidad del titular registral radica en que, ante la inexistencia de un seguro que responda, o un conductor o tenedor del automóvil insolventes, la víctima está más protegida si también es responsable el titular registral. Hay más obligados para hacerse cargo de la responsabilidad civil, lo que asegura mayor efectividad de la Justicia en favor de las víctimas de accidentes de tránsito, lo que está bien, pero paradójicamente, esto llevó a grandes injusticias”.

Cuestión de cuidado
El abogado especialista en Seguridad Vial también aseveró que ante un caso judicial carecen de valor los famosos formularios de Responsabilidad Civil que generalmente firma el comprador y recibe el vendedor creyendo ingenuamente que quedó liberado.
La norma legal establece que la única forma de probar que uno vendió el auto es presentando la denuncia de venta en el Registro de la Propiedad Automotor, lo que, repito, sólo tiene vigencia desde el momento de la denuncia, sin ser retroactivo con relación a hechos ocurridos entre el día de la venta y el de la comunicación formal.
“La sanción legal por no denunciar la venta puede ser muy dura”, insistió el letrado. “Imagínese que usted venda un auto y por diversas razones no hace la denuncia de venta, deberá hacerse cargo de las indemnizaciones que pueden ir desde un guardabarros chocado hasta lesiones o muerte de una o varias personas. Hay casos de titulares registrales a quienes se les embargó y remató la casa porque con el auto de su titularidad, que vendieron hace varios años a alguien desconocido, que se perdió de vista, causó muerte o lesiones a terceros. Repito, salvo que haya hecho la denuncia de venta antes del hecho, el titular es, en principio, siempre, legalmente responsable”.
Otros letrados sostienen que con la denuncia de venta “te desligás de toda responsabilidad civil, pero también conviene hacerla ante Rentas porque sino sigue la deuda a nombre del titular, eso si, tenés que tener todo al día, con deuda no te la toman.
Hipotéticamente, el registro debe comunicar sobre la denuncia de venta al ente que percibe el tributo por pago de patente, pero no estaría demás llevar una copia de la denuncia para desligar responsabilidades.
Con el propósito de también conferirle protección legal al vendedor, así como a eventuales víctimas de accidentes de tránsito, generalmente la ley exonera a quien haya hecho la denuncia de venta y que puede demostrar que ha perdido el dominio del vehículo. Por esto al vender, es mejor avisar que cruzar los dedos y rogar que no pase nada.
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Re: Aparecio la moto!!!

Mensaje por claudio2009 » Dom May 05, 2013 8:02 pm

Gracias Marcos por la informacion :-( me quedaron mas dudas :desmayo:
La norma legal establece que la única forma de probar que uno vendió el auto es presentando la denuncia de venta en el Registro de la Propiedad Automotor, lo que, repito, sólo tiene vigencia desde el momento de la denuncia, sin ser retroactivo con relación a hechos ocurridos entre el día de la venta y el de la comunicación formal.
Y para que el mismo registro te dice que pongas en el formulario la fecha que hicistes la venta? osea antes de cuando realmente haces la denuncia,ponele que vendistes el sabado,no queda otra que ir el lunes al registro... estas dos dias descubierto!! :sorpresa:
“La sanción legal por no denunciar la venta puede ser muy dura”, insistió el letrado. “Imagínese que usted venda un auto y por diversas razones no hace la denuncia de venta, deberá hacerse cargo de las indemnizaciones que pueden ir desde un guardabarros chocado hasta lesiones o muerte de una o varias personas.
Hay casos de titulares registrales a quienes se les embargó y remató la casa porque con el auto de su titularidad, que vendieron hace varios años a alguien desconocido, que se perdió de vista, causó muerte o lesiones a terceros. Repito, salvo que haya hecho la denuncia de venta antes del hecho, el titular es, en principio, siempre, legalmente responsable”.
Si es asi no hay justicia!!por lo menos asi lo creo yo,en que cabeza cabe que quieran culpar a alguien que no tubo nada que ver en el accidente mas alla de una simple obligacion de papeles
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Re: Aparecio la moto!!!

Mensaje por Radragaz » Dom May 05, 2013 8:27 pm

Claudio2009, te cito textualmente..:

"Si es asi no hay justicia!!por lo menos asi lo creo yo,en que cabeza cabe que quieran culpar a alguien que no tubo nada que ver en el accidente mas alla de una simple obligacion de papeles..."

Una frase aprendí de mi papá abogado, ligada al Derecho :cascarrabia: :

La Ley se reputa conocida por todos...( o sea que no se puede alegar DESCONOCIMIENTO de la norma en defensa de uno mismo..). :leer:

Por eso siempré sostendré la idea del apego a la ley...Es un tema de Derechos y Obligaciones que como ciudadanos nos pone en el lugar de CUMPLIR para poder EXIGIR..
Ví demasiadas lágrimas derramadas por este asunto de "comerse garrones"....entonces, lo mejor, es "curarse en salud..."
Saludos....!! :sombrero:
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Re: Aparecio la moto!!!

Mensaje por Silvia Gonzalez » Dom May 05, 2013 8:40 pm

Uno ahora se da cuenta de la cantidad de cosas que ignoramos en cuestion de leyes.A nosotros hace unos años atras vienieron a vernos por una transferencia de un vehiculo vendido hacia 12 años :sorpresa: casi nos da un infarto.Todo lo que arriesgamos por ignorantes del tema. :o :o Al final se desvirtuo el tema de Fabian pero sirvio para que aprendamos mas cosas.O sea GRacias Fabian :D

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Re: Aparecio la moto!!!

Mensaje por claudio2009 » Dom May 05, 2013 9:27 pm

Si Marcos,esta pefecto,de hecho siempre hago la denuncia de venta aunque el comprador me jure que hara enseguida la transferencia

Pero decime: Como puede ser que si "pagas" un papel como lo es la denuncia ya no sos responsable?¿se entiende a lo que voy? en todo caso que el registro diga "hay que hacer la denuncia para exigir la transferencia al nuevo comprador" y deberia ser gratuita... ahora que sea para agarrar unos $$$ mas es diferente.
Si llegado el caso se demuestra de una u otra forma que ya se vendio el vehiculo
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Re: Aparecio la moto!!!

Mensaje por joseh » Dom May 05, 2013 9:35 pm

:sombrero: hola Ricardo nunca se te dio por entrar en Internet en los registros provinciales de renta o municipales porque un comprador de buena fe puede acentarlo de oficio sin saber que es robada :sombrero: JOSE

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Re: Aparecio la moto!!!

Mensaje por Radragaz » Dom May 05, 2013 9:53 pm

joseh escribió::sombrero: hola Ricardo nunca se te dio por entrar en Internet en los registros provinciales de renta o municipales porque un comprador de buena fe puede acentarlo de oficio sin saber que es robada :sombrero: JOSE
Eso, legalmente, no puede pasar...... :leer:
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Re: Aparecio la moto!!!

Mensaje por joseh » Lun May 06, 2013 12:12 am

:sombrero: legalmente :D :sombrero: JOSE

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Re: Aparecio la moto!!!

Mensaje por Fabian R » Lun May 06, 2013 9:49 am

Recien llego de tribunales, con el acompañamiento de mi suegro y mi sra ( ambos abogados :D )

Teoricamente la proxima semana tengo que ir a buscar la moto y les cuento
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Re: Aparecio la moto!!!

Mensaje por Fabian R » Mar May 14, 2013 11:39 am

Recien llego del deposito judicial de Loma Verde ( Escobar ) :sin_remedio: :sin_remedio:


Miles de motos apiladas!!! Autos nuevos ( 308, ford f100 nuevas, etc ) tirados y literalmente apilados!!!

El encargado quedo que la iba a buscar y me avisava ( previo pago de $ 100 ) 8)
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Re: Aparecio la moto!!!

Mensaje por Eduardo J » Mar May 14, 2013 1:43 pm

fa ojale este entera.edu :o

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Re: Aparecio la moto!!!

Mensaje por lui » Mar May 14, 2013 2:34 pm

Fabian R escribió:Recien llego del deposito judicial de Loma Verde ( Escobar ) :sin_remedio: :sin_remedio:


Miles de motos apiladas!!! Autos nuevos ( 308, ford f100 nuevas, etc ) tirados y literalmente apilados!!!

El encargado quedo que la iba a buscar y me avisava ( previo pago de $ 100 ) 8)
Este es un vacío en la legislación. Los municipios y/o la policía están imposibilitados ( salvo realicen un engorroso trámite) de disponer ( llámese vender, subastar, transformar en metal o lo que se les ocurra) de estos vehículos que terminan siendo totalmente canibalizados ( no precisamente en forma legal), cuando en realidad la solución legal es bastante simple. Me pregunto si ha nadie se le ha ocurrido enviar los proyectos a la legislatura nacional o es que aquí también existen intereses creados. :lupa: Lui

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Re: Aparecio la moto!!!

Mensaje por nicoms » Mar May 14, 2013 7:12 pm

Permitanme aclarar, que la denuncia de venta no tiene validez alguna.

Lo explico en términos prácticos:

Me compro un auto, lo transfiero a mi nombre hoy, mañana lo denuncio vendido (el registro no me pide que traiga conformidad certificada de quien yo diga que es el comprador), mato a alguien con el auto, me escapo y me vienen a buscar por el numero de la patente. Me excuso en la denuncia de venta, y digo que no fui yo. A quién van a buscar? Al pobre Cristiano que yo dije que se lo vendí? Le genero un problema a cualquiera? El tipo tiene que demostrar que no me lo compró? Qué documento tiene para probar la no- compra?

Si el comprador no puede hacer la transferencia, lo mas cerca de la misma, es que ambos, comprador y vendedor, firmen una denuncia de compra y otra de venta, respectivas, ahí sí estamos medianamente cubiertos, aunque no del todo.

No vendan un auto sin transferir, yo cuando lo hago, obligo al comprador a transferir, sino no le entrego el vehículo.
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