Mensaje
por JavierRY » Mié Sep 17, 2014 7:54 pm
Hola Occidado, mirá esto, me lo mandaron por mail hace unos días, no sé si es realmente efectivo ya que no tuve oportunidad de comprobarlo, pero en uno de los cursos para el carnet profesional, recuerdo muy bien cuando nos dijeron que la infracción que no está firmada y por lo tanto notificada en el mismo lugar y momento de la misma, no tiene validez legal, esto era así al menos hace unos 4 años, no sé si sigue igual. Bueno, esto es lo que me mandaron:
INFO
solucion a las fotomultas,como no pagarlas
@J_BERTOLINI
hace 3 años
foto multas...
hola a todos este post es con el fin de safar de las fotomultas ,ya que no son legales
Podrido de las fotomultas en la ruta?
Estoy cansado de que me lleguen cartas de notificación de multas, faltas contravencionales, y la mar en coche que generan camaras-radares escondidos en la ruta de miles de municipios y comunas de todo el pais, y quiero compartir con los que sufran lo mismo que yo la solucion que yo le encontre al tema.
El curro de las fotomultas es algo armado por una empresa que ofrece a todos los municipios del pais los radares-camara y el software para emitir automaticamente las notificaciones que mandan por correo, y que te llegan a tu casa vivas donde vivas en cualquier lugar del pais. Esas notificaciones tienen la foto de tu auto (a veces ni eso), la descripcion de la supuesta falta, y abajo de todo el talon de pago con codigo de barras para que pases por caja y pagues como un ganso. Aparentemente segun anduve averiguando más el 80% de los que reciben estas notificaciones pagan sin chistar, y así los municipios y los atorrantes de la empresa que armó la estafa ésta (porque eso es LO QUE ES) recaudan BAAARCOS de plata con pavos como vos o como yo que estan en condiciones de pagar y no quieren lios... y agarran y pagan.
Como a mi me revienta que ME ROBEN LA PLATA y hayan armado todo un circo pseudo tecnologico-legal para fajar al pavo que puede poner plata publico esto, porque claro, a los autos, camiones, camionetas, carros desvencijados que son un peligro que salgan a la ruta esos siguen circulando y a esos nadie los toca. Ni hablar de los que conducen borrachos o dormidos a toda hora, y de esos hay muchos. Pero el que tiene que viajar por laburo, para ganarse el pan, y romperse el tuje para llevar un mango a su casa, JODE POR DEMAS que te quieran voltear con cualquier multa (por mas tonta que sea) arranque en los 300 mangos... y de ahi para arriba.
Asi que agarré, le pedi a un abogado amigo que me pase algo, y me paso el texto de la carta documento que hay que mandar (que sale $ 38) al municipio que te haya enviado la "cartita de amor". La comparto. Con esta carta (que OK, sale unos pesos PERO SALE MUCHO MENOS que lo que deberias pagar de multa), les desarmas todos los argumentos.
Hay que parar este curro y tantos otros que hay en la Argentina. En el texto de la carta reemplazar los datos en azul por los que le hayan llegado a uno en su notificacion. La imprimis en un formulario de carta documento que te dan en el correo y la mandas al municipio que te quiere meter la mano en el bolsillo, CON 38 PESOS TE AHORRAS DE PAGAR 300 PESOS O MAS.
Por mi propia experiencia les digo que, ya voy mandando varias de estas, y las multas han sido anuladas.
Que les sea de utilidad. Comentar no cuesta nada.
CARTA DOCUMENTO !!
Ref.: Acta de infracción / Causa Contravencional N° xxxxxxxxxxxxx
Que en fecha xx/xx/09 se me ha notificado de la existencia de una Causa Contravencional N° XXXXXX, por la supuesta trasgresión de la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449 y Ley N° 25.456, por la supuesta falta de aca poner la descripcion de la supuesta falta el dia xx/xx/xxxx, en la Ruta Nacional N° xx Km. xxxx –Zona Urbanizada- a la hora xx.xx, del vehículo Marca xxxxxxxxxxxxxxxx, Modelo XXXX, Dominio AAA-000, de mi propiedad.-
Niego haber conducido el vehículo descripto al momento de que dice que se cometió la infracción, como así también niego que en algún momento un funcionario policial haya ordenado detener el vehículo para notificar la misma.-
No se ha acreditado la identidad entre la persona del conductor -presunto infractor- y la persona del titular registral, por lo que se ha labrado un acta desconociendo la autoría de la contravención e imputando objetivamente la responsabilidad al titular registral en franca oposición con los principios elementales del derecho penal, tal la naturaleza de la contravención.-
La Autoridad Municipal no ha demostrado la autoría de la contravención, solo se limitó a acreditar con Constancia de Titularidad del Vehículo ante DNRPA que el vehículo dominio AAA-000 pertenece a TUNOMBREACA, presumiendo que el mismo conducía el vehículo al momento de cometerse la infracción, desnaturalizando de esta forma el principio de culpabilidad y del “in dubio pro reo”.-
No surge del Acta de infracción que hubiera intervenido algún funcionario policial y/o que se haya identificado ante el presunto infractor, indicándole la dependencia a la que pertenecía - violando el Art.70 inc. 3 de la Ley 24.449 y 143 del C.P.P.; como tampoco consta en dicha acta que se entregara copia al presunto infractor, ni que no se lo haya podido identificar, ni que el mismo se diere a la fuga, violando el Art.70 inc. 4 de la citada norma legal.-
Para tener validez las actas de infracción deberán ser labradas por un funcionario que, previamente, habrá de identificado al supuesto infractor, sea como titular, tenedor o usuario del rodado, describiendo cual ha sido la conducta supuestamente infractora.
Por lo expuesto, y en la razón de la naturaleza de las contravenciones, son aplicables las normas del Código Procesal Penal, en materia de notificaciones – arts. 146 ss. y concs. del C.P.P.- y como surge claramente de estos autos, las mismas no se han hecho por las personas autorizadas, ni con los requisitos previstos en el mismo.-
Por las razones expuestas solicito se declare la nulidad del Acta y de la notificación que supuestamente ha realizado la Municipalidad de XXXX, Prov. de XXXXX.-
Asimismo, en virtud de lo prescripto por el art. 32 del CPP, corresponde, a humilde criterio de esta parte, decretar la nulidad de lo actuado en razón de la manifiesta incompetencia material del municipio actuante.-
En efecto, en el supuesto que la ruta nacional o provincial atraviese zona urbanizada de un Municipio, el mismo no tendría facultad para aplicar las sanciones impuestas por la Ley 24.2449, siendo legislativamente la autoridad de aplicación la policía, con apelación ante los Juzgados de Instrucción o Correccional correspondientes.-
Para el supuesto caso de que se continúe con el trámite de la presente, solicito que en fiel ejercicio de los derechos consagrados por los artículos 69 inc. h) y 71 de la Ley N° 24449, y en razón de estar domiciliado a más de 60 kilómetros del asiento del Juzgado correspondiente a la jurisdicción en la cual se cometió la supuesta infracción solicito a usted, remita las actuaciones al Juzgado en lo Correccional de la ciudad de TUCIUDAD, Provincia de TUPROVINCIA a fin de que el mismo continúe con la tramitación del expediente de marras, bajo apercibimiento de solicitar la nulidad de todo lo actuado.-
TU FIRMA Y ACLARACION AL PIE.
esto funciona, Siempre y Cuando, tu infracción, NO incluya:
* Pasar un semáforo en Rojo
Bueno, espero que te sirva, si es así informanos para desasnarnos. Saludos