Patentamiento Obligatorio para las CR?
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Patentamiento Obligatorio para las CR?
Hola, buenas noches, me llego el comentario de un nuevo decreto modificatorio de la anterior ley de transito, que no obligaría a patentar nuestras casillas rodantes; cuestión que anteriormente era opcional.
Por mi parte trate de buscar información por el lado del Registro Automotor y dicen no conocer esto.
Alguien tiene información?
Desde ya muchas gracias y saludos para todos!
Por mi parte trate de buscar información por el lado del Registro Automotor y dicen no conocer esto.
Alguien tiene información?
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Re: Patentamiento Obligatorio para las CR?
Disculpen, quise decir que NOS obligaría a patentar.
- Radragaz
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Re: Patentamiento Obligatorio para las CR?
Aquí está la nueva normativa ....: http://www.rodanteando.com.ar/foro/view ... b3#p279939
- Radragaz
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Re: Patentamiento Obligatorio para las CR?
Nuevas Chapas Patentes para CR...: https://autoblog.com.ar/2018/04/18/aten ... nte-verde/
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Re: Patentamiento Obligatorio para las CR?
Entiendo que el patentamiento es obligatorio para todos los remolques y semirremolques, nacionales e importados, nuevos o usados.
Así lo expresa el Decreto 32/2018 de la Secretaría de Transporte, que modifica a la Ley 24449 (Ley Nacional de Tránsito).
El artículo 9 de este decreto, en el párrafo 8, dice que los remolques y trailers comprendidos en la categoría O1 (hasta 750 kg), remolcados por automotores de uso particular, que no tengan licencia de configuración de modelo (LCM) deben portar "placa identificatoria alternativa" que se tramitará en el Registro Nacional de la Propiedad Automotor.
Por otro lado, la Dirección Nacional de los RNPA emitió el 16 de abril de 2018 una disposición que reglamenta como tramitar esta nueva patente: se hace en el registro seccional que corresponde al automotor que lo remolcará, mediante Solicitud Tipo 02, con planos, informe técnico y fotos del remolque suscriptos por ingeniero mecánico matriculado.
Particularidad: el remolque categoría O1 sale con la patente del auto que lo remolca. ¿y si tengo 2 autos tramito 2 patentes?
Pero los remolques entre 750 kg y 3.500 kg de peso bruto son categoría O2, y no estarían icuídos en el apartado anterior.
Interpreto que estos quedarían comprendidos por las generalidades del mismo artículo 9, que también dice que para la inscripción de todos los vehículos que carecen de LCM por no ser "0 km de producción seriada" deben obtener una Certificación de Seguridad Vehicular que establecerán los organismos técnicos competentes.
La placa identificatoria que obtengan sera del tipo convencional.
Si no logran los estándares de esa certificación de seguridad vehicular, portarán placa identificatoria alternativa y tendran circulación restringida.
Con respecto a este requerimiento, no he encontrado el procedimiento para esta certificación, ni mención explícita de cuales son los organismos competentes, ni que es la "circulación restringida". Tampoco encontré nada respecto a como tramitar estas patentes en el RNPA.
Conclusiones a las que arribo si el remolque no tiene LCM:
Los fabricantes de grandes acoplados categoría O3 y O4 fabrican con LCM hace rato.
Así lo expresa el Decreto 32/2018 de la Secretaría de Transporte, que modifica a la Ley 24449 (Ley Nacional de Tránsito).
El artículo 9 de este decreto, en el párrafo 8, dice que los remolques y trailers comprendidos en la categoría O1 (hasta 750 kg), remolcados por automotores de uso particular, que no tengan licencia de configuración de modelo (LCM) deben portar "placa identificatoria alternativa" que se tramitará en el Registro Nacional de la Propiedad Automotor.
Por otro lado, la Dirección Nacional de los RNPA emitió el 16 de abril de 2018 una disposición que reglamenta como tramitar esta nueva patente: se hace en el registro seccional que corresponde al automotor que lo remolcará, mediante Solicitud Tipo 02, con planos, informe técnico y fotos del remolque suscriptos por ingeniero mecánico matriculado.
Particularidad: el remolque categoría O1 sale con la patente del auto que lo remolca. ¿y si tengo 2 autos tramito 2 patentes?
Pero los remolques entre 750 kg y 3.500 kg de peso bruto son categoría O2, y no estarían icuídos en el apartado anterior.
Interpreto que estos quedarían comprendidos por las generalidades del mismo artículo 9, que también dice que para la inscripción de todos los vehículos que carecen de LCM por no ser "0 km de producción seriada" deben obtener una Certificación de Seguridad Vehicular que establecerán los organismos técnicos competentes.
La placa identificatoria que obtengan sera del tipo convencional.
Si no logran los estándares de esa certificación de seguridad vehicular, portarán placa identificatoria alternativa y tendran circulación restringida.
Con respecto a este requerimiento, no he encontrado el procedimiento para esta certificación, ni mención explícita de cuales son los organismos competentes, ni que es la "circulación restringida". Tampoco encontré nada respecto a como tramitar estas patentes en el RNPA.
Conclusiones a las que arribo si el remolque no tiene LCM:
- Habrá que patentar, tarde o temprano, los trailer, batanes, casas rodantes y cualquier remolque que se arrastre con el auto.
- Está claro y completo el procedimiento para patentar remolque hasta 750 kg de PB (categoría O1).
- No está claro como obtener la Certificación de Seguridad Vehicular ni el procedimiento para patentar remolque de PB mayor a 750 kg.
Los fabricantes de grandes acoplados categoría O3 y O4 fabrican con LCM hace rato.
- enrique marmol
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Re: Patentamiento Obligatorio para las CR?
MUY INTERESANTE TU OPINION FEDERICOCarlos Federico escribió: ↑Sab May 12, 2018 1:30 pmEntiendo que el patentamiento es obligatorio para todos los remolques y semirremolques, nacionales e importados, nuevos o usados.
Así lo expresa el Decreto 32/2018 de la Secretaría de Transporte, que modifica a la Ley 24449 (Ley Nacional de Tránsito).
El artículo 9 de este decreto, en el párrafo 8, dice que los remolques y trailers comprendidos en la categoría O1 (hasta 750 kg), remolcados por automotores de uso particular, que no tengan licencia de configuración de modelo (LCM) deben portar "placa identificatoria alternativa" que se tramitará en el Registro Nacional de la Propiedad Automotor.
Por otro lado, la Dirección Nacional de los RNPA emitió el 16 de abril de 2018 una disposición que reglamenta como tramitar esta nueva patente: se hace en el registro seccional que corresponde al automotor que lo remolcará, mediante Solicitud Tipo 02, con planos, informe técnico y fotos del remolque suscriptos por ingeniero mecánico matriculado.
Particularidad: el remolque categoría O1 sale con la patente del auto que lo remolca. ¿y si tengo 2 autos tramito 2 patentes?
Pero los remolques entre 750 kg y 3.500 kg de peso bruto son categoría O2, y no estarían icuídos en el apartado anterior.
Interpreto que estos quedarían comprendidos por las generalidades del mismo artículo 9, que también dice que para la inscripción de todos los vehículos que carecen de LCM por no ser "0 km de producción seriada" deben obtener una Certificación de Seguridad Vehicular que establecerán los organismos técnicos competentes.
La placa identificatoria que obtengan sera del tipo convencional.
Si no logran los estándares de esa certificación de seguridad vehicular, portarán placa identificatoria alternativa y tendran circulación restringida.
Con respecto a este requerimiento, no he encontrado el procedimiento para esta certificación, ni mención explícita de cuales son los organismos competentes, ni que es la "circulación restringida". Tampoco encontré nada respecto a como tramitar estas patentes en el RNPA.
Conclusiones a las que arribo si el remolque no tiene LCM:
- Habrá que patentar, tarde o temprano, los trailer, batanes, casas rodantes y cualquier remolque que se arrastre con el auto.
- Está claro y completo el procedimiento para patentar remolque hasta 750 kg de PB (categoría O1).
Finalmente, concluyo que los fabricantes de acoplados que se dedican a la línea de pequeños remolques, batanes y casas rodantes de arrastre, tendrán que ponerse las pilas, invertir lo necesario y sacar productos con Licencia de Configuración de Modelo o venderlos con el plano, informe técnico y fotos suscriptos por ingeniero mecánico matriculado.
- No está claro como obtener la Certificación de Seguridad Vehicular ni el procedimiento para patentar remolque de PB mayor a 750 kg.
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- Radragaz
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Re: Patentamiento Obligatorio para las CR?
COINCIDO 100%. La opinión más esclarecedora al día de hoy. Este post está llamado a transformarse en la "Biblia Rodantera"....
El que no lo quiera ver......está al horno.
- ENELCAMINO
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Re: Patentamiento Obligatorio para las CR?
Buenas tardes , todo cr tendran que ver un ingeniero mecánico colegiado , si no está inscrita en el registro del automotor . la verificación técnica no hace el ingeniero mecánico y le saca cuatro fotos de los cuatro costado de la cr rodantes , y le realiza el informe una ves que dicho informe legalizado por el colegio de ingeniero , se saca una fotocopia al titulo del tractor y se lo lleva al registro ,ejemplo averigue en mi zona soy del >Chaco va el tramite BS AS y hay te lo aprueban o te lo rechazan por la medida y peso de CR para remolcar el tractor , ejemplo fiat 600 una cr de 1500kg , entonce te dicen que no , y no te dan la patente alternativa que es la misma del tractor , si esta todo bien una camioneta remolca una Cr de mas de 1000kg te dan el ok y la patente te dan , si por esa despues vende el tractor como ya la documentación de la Cr ya se encuentra en el registro solamente tenes que pedir una nueva patente , esto ocurre igual que lo hacía con la ya vieja 101. Hoy si te quieren hacer problema en la ruta un control de gendarmería te lo puede hasta secuestrar la Cr por no tener documentación , esto paso porque entre comillas fábricas no están en condiciones de fabricar una CR, tenemos que pedir por el bien de todos urgente que las fábricas dejen de fabricar y que se consigan que tenga la aprobación de homologación y que al comprar una cr te entreguen la documentación para patentar la cr con su titulo y cedula , que se termine este negocio trucho que comprando de buena fe seguro si no te entregan todos los papeles legales seguros te va dar mas de un dolor de cabeza , ya que muchas seguros no pasarán dichos controles y además tendran que ir poniendo frenos a todas inerciales o eléctricos .al comprar una Cr tienen que entregar la cr con frenos y el certificado de homologacion . ya no compre si no entregan eso . no van poder rodantear ..
- SAMU
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Re: Patentamiento Obligatorio para las CR?
Con toda esta nueva movida mas de 1 dueño de CR la va a poner a la venta con tal de no hacer mas tramites burocraticos
Estoy de acuerdo con todo lo que han comentado sobre seguridad, pero quien se come 2 o 3 dias de "fumarse" la burocracia de los registros?
Estoy considerando de poner a la venta mi doble eje
Estoy de acuerdo con todo lo que han comentado sobre seguridad, pero quien se come 2 o 3 dias de "fumarse" la burocracia de los registros?
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SAMU para el foro, Pablo para los amigos, papi para mis hijos, y viejo chocho para mis colegas
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Re: Patentamiento Obligatorio para las CR?
Tenés razón Samu, pero pero si la vendés sin patentar el precio se te viene abajo.
- ENELCAMINO
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Re: Patentamiento Obligatorio para las CR?
No es patentamiento, todas las que están circulando con el 101 . tendran que colocar una patente alternativa que le entregaran en el registro del automotor, previo ver un ingeniero mecánico colegiado que les de un informe técnico que es apto para circular por la vía pública ,para tener patente propia la fabrica tiene que entregar la documentacion homologada , es como fabrica entrega para inscribir un ok .lo unico que remplaza es decir no llevara mas el 101 , y tendran un vtv echa por el ingeniero mecánico que es el responsable si algo pasa en la ruta por problema de fabricación.
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Re: Patentamiento Obligatorio para las CR?
Tu punto de vista sobre el patentamiento es interesante, ENELCAMINO.
El decreto habla de "portar placa identificatoria alternativa otorgada por la Dirección Nacional de los RNPA, en su inscripción inicial" para los remolques categoría O2 (entre 750 y 3.500 kg de peso bruto), pero creo que no hay nada hay dicho si llevarán el dominio del vehículo tractor o tendrán uno propio. Para mí lo lógico es que fuera uno propio.
Pero para los remolque O1 (hasta 750 kg de peso bruto) no menciona lo de "inscripción inicial". Es más, el RNPA dice que, para estos remolques pequeños, portarán el dominio (patente) del vehículo tractor. Supongo que estos trailers podrán tener mas de una patente, dependiendo de los vehículos tractores que lo remolquen.
De ser correcta mi apreciación , el trámite de los remolques categoría O2 sí sería un patentamiento, mientras que los categoría O1 llevarán el mismo dominio que el del vehículo tractor.
Respecto al Ingeniero Mecánico, lo que hace es verificar que el vehículo "cumpla con las condiciones de seguridad activas y pasivas", pero esto no es una VTV. Por ejemplo, el ingeniero certifica en su informe que el remolque tiene frenos (seguridad activa) pero no certifica la eficiencia de los mismos, lo que sí haría una VTV.
El decreto habla de "portar placa identificatoria alternativa otorgada por la Dirección Nacional de los RNPA, en su inscripción inicial" para los remolques categoría O2 (entre 750 y 3.500 kg de peso bruto), pero creo que no hay nada hay dicho si llevarán el dominio del vehículo tractor o tendrán uno propio. Para mí lo lógico es que fuera uno propio.
Pero para los remolque O1 (hasta 750 kg de peso bruto) no menciona lo de "inscripción inicial". Es más, el RNPA dice que, para estos remolques pequeños, portarán el dominio (patente) del vehículo tractor. Supongo que estos trailers podrán tener mas de una patente, dependiendo de los vehículos tractores que lo remolquen.
De ser correcta mi apreciación , el trámite de los remolques categoría O2 sí sería un patentamiento, mientras que los categoría O1 llevarán el mismo dominio que el del vehículo tractor.
Respecto al Ingeniero Mecánico, lo que hace es verificar que el vehículo "cumpla con las condiciones de seguridad activas y pasivas", pero esto no es una VTV. Por ejemplo, el ingeniero certifica en su informe que el remolque tiene frenos (seguridad activa) pero no certifica la eficiencia de los mismos, lo que sí haría una VTV.
- Radragaz
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Re: Patentamiento Obligatorio para las CR?
¡¡Excelente consideración....muy esclarecedora!!! Mientras en este foro la normativa se va aclarando en otros, otros foreros, optan por "matar al mensajero" y manejan opciones absolutamente irresponsables. Es bueno saber (por caso..) que si alguien circulara sin patentes por rutas de cualquier estirpe y vehículo automotor de cualquier especie, queda expuesto (en una revisión de control vehicular) al inmediato secuestro siendo este solo revocado por autoridad judicial...... esto puede suceder con nuestras CR's.Carlos Federico escribió: ↑Sab Jun 23, 2018 11:32 pmTu punto de vista sobre el patentamiento es interesante, ENELCAMINO.
El decreto habla de "portar placa identificatoria alternativa otorgada por la Dirección Nacional de los RNPA, en su inscripción inicial" para los remolques categoría O2 (entre 750 y 3.500 kg de peso bruto), pero creo que no hay nada hay dicho si llevarán el dominio del vehículo tractor o tendrán uno propio. Para mí lo lógico es que fuera uno propio.
Pero para los remolque O1 (hasta 750 kg de peso bruto) no menciona lo de "inscripción inicial". Es más, el RNPA dice que, para estos remolques pequeños, portarán el dominio (patente) del vehículo tractor. Supongo que estos trailers podrán tener mas de una patente, dependiendo de los vehículos tractores que lo remolquen.
De ser correcta mi apreciación , el trámite de los remolques categoría O2 sí sería un patentamiento, mientras que los categoría O1 llevarán el mismo dominio que el del vehículo tractor.
Respecto al Ingeniero Mecánico, lo que hace es verificar que el vehículo "cumpla con las condiciones de seguridad activas y pasivas", pero esto no es una VTV. Por ejemplo, el ingeniero certifica en su informe que el remolque tiene frenos (seguridad activa) pero no certifica la eficiencia de los mismos, lo que sí haría una VTV.
Imaginemos: Salimos de soñadas vacaciones arrastrando nuestra CR flamante....esposa y chicos (anche suegra) felicísimos con la novedad!!!
Atravesamos varios controles ruteros sin inconvenientes, mostrando la extensión de póliza del vehículo tractor entre otras solicitudes...hasta qué...... arribamos a un control de policía provincial, o de tránsito de cualquier municipalidad, o de Prefectura, o de Gendarmería.
Y ahí nos encontramos con personal formado, instruído en la aplicación de las leyes que deben controlar y, al verificar el peso de la CR (solo con eso) determinan que NO PUEDEN CONTINUAR REMOLCANDO LA CR por estar violando la normativa vigente y circulando en infracción
¿¿Que se hace en este caso...??
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Re: Patentamiento Obligatorio para las CR?
con este post debe ser el cuarto o quinto que se abre este tema.edu
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Re: Patentamiento Obligatorio para las CR?
Pregunto, de curioso nomas: Alguien del foro ya tiene la nueva patente?
Como para comentarnos como le fue, los costos, etc, o algún otro dato de relevancia que sea útil a la hora de encarar el tramite.
Les cuento que la parte del informe técnico, fotos, croquis etc. que la hace el ingeniero, por lo que estuve averiguando, esta entre $2500 y $3500, y es bastante sencillo, (hasta van a domicilio, si hace falta).
Pero la parte de la tramitación en el Registro Automotor me tiene mal, nadie lo sabe o lo tiene con exactitud, por lo menos los que consulte yo..
Asi que si hay alguien que nos pueda pasar un dato.. Agradecido!
Saludos cordiales!
Como para comentarnos como le fue, los costos, etc, o algún otro dato de relevancia que sea útil a la hora de encarar el tramite.
Les cuento que la parte del informe técnico, fotos, croquis etc. que la hace el ingeniero, por lo que estuve averiguando, esta entre $2500 y $3500, y es bastante sencillo, (hasta van a domicilio, si hace falta).
Pero la parte de la tramitación en el Registro Automotor me tiene mal, nadie lo sabe o lo tiene con exactitud, por lo menos los que consulte yo..
Asi que si hay alguien que nos pueda pasar un dato.. Agradecido!
Saludos cordiales!
- ENELCAMINO
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Re: Patentamiento Obligatorio para las CR?
Todas cr que no se inscribieron por no tener la fabrica la homologacion para inscribir la cr , no podrá tener nunca una patente propia , siempre llevará la patente del tractor ,solo cambio en vez de llevar el 101 ,tendrás que hacer el trámite ante el registro del automotor , y ellos te darán la patente alternativa con la denominación trailers.para inscribir y que una cr tenga su patente propia la fábrica tiene que tener la licencia de configuración de modelo LCM .para inscribir como ok .si no estoy equivocado hay una sola fábrica en el pais hoy que tiene la licencia .
- coyonco
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Re: Patentamiento Obligatorio para las CR?
hola buenos días ,les comento recién llego del registro 4 de Vicente Lopez y consulte sobre el patentamiento de rodantes y trailer , me dijeron que todavía no esta en vigencia o aprobado en la provincia de buenos aires .
- kumo
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Re: Patentamiento Obligatorio para las CR?
OK gracias, yo estoy esperando respuesta, cuando tenga una lo comento
- JULI
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Re: Patentamiento Obligatorio para las CR?
Coyonco, gracias por dedicarle tu tiempo a este tema que nos tiene preocupados y nadie puede tramitarlo...
En el registro, te dieron algun documento, para avalar que aún no está vigente???
porq en cualquier momento, ya veo, que se viene la cometa en cada caminera...
Ranger 3.0 + casita Cheyen 280 Tuneada
- coyonco
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Re: Patentamiento Obligatorio para las CR?
No,ellos se manejan por notificaciones que llegan para aplicar ,por eso me dijeron que por ahora hay que seguir con la 101 .