Rodanchota, el tema que si pesa 1100kg, supera la categoria O1 que es hasta 750kg. El que te respondió está más en pelotas que nosotrosrodanchota escribió: ↑Lun Jun 08, 2020 6:03 pmY LA RESPUESTA FUE:
Buen día, existe un lapso de tiempo establecido y señalado expresamente en el Artículo 3°; De la disposición in comento, en el cual se determinarán los parámetros y se les notificará a los interesados el procedimiento a seguir, ya que en estos momentos no están definidos los parámetros técnicos a aplicar en el procedimiento de verificación de los tráiler categoría O1 y no hay talleres designados por la ANSV que puedan verificar las condiciones técnicas de los remolques; Paso previo y necesario para que se otorgue el Certificado de Seguridad Vehicular, el mismo momentáneamente no está siendo emitido para los tráileres O1.
Por lo expresado tenemos en cuenta lo establecido en esta Disposición, respecto a los plazos de adecuación a la norma:
Disposición 323/2019 DNRNPAyCP
ARTÍCULO 2°.-Los Tráileres categoría O1 destinados al traslado de equipaje, pequeñas embarcaciones deportivas o elementos de recreación familiar, que en la actualidad se encuentren identificados mediante el procedimiento establecido en la Disposición N° 1136/96 de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios, deberán adecuarse a lo dispuesto en la Sección 14ª, Título II, Capítulo III del Digesto de Normas Técnico-Registrales del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor dentro de los DOCE (12) meses posteriores a la entrada en vigencia de la presente.
ARTÍCULO 3°.- La presente entrará en vigencia el día 1° de noviembre de 2019, oportunidad en que también cobrarán vigencia los artículos 5°, 7°, 11 y 12 de la Disposición N° DI-2018-125-APN-DNRNPACP#MJ.
Nota:
Agencia Nacional de Seguridad Vial, no exige el cobro de aranceles para la emisión del certificado.
Por favor, si podés: recordale este detalle!!!
DEFINICIONES SEGÚN DIRECTIVA 2007/42/CEE Y EL R.D. 750/2010 PARA LOS VEHICULOS DE LAS CATEGORIAS O1 – O2 – O3 Y O4
Categoría O: Remolques (incluidos los semirremolques)
Categoría O1: Remolques con una masa máxima que no supere las 0,75 toneladas.
Categoría O2: Remolques cuya masa máxima sea superior a 0,75 toneladas y no supere las 3,5 toneladas.
Categoría O3: Remolques cuya masa máxima sea superior a 3,5 toneladas y no supere las 10 toneladas.
Categoría O4: Remolques cuya masa máxima sea superior a 10 toneladas.
Te mando un abrazo, y tendriamos que ponernos de acuerdo:
y enviar todos juntos 1000 mails sobre este tema, son unos inoperantes!!!